Cartas Fianza
y Pólizas de Caución

InSur

Nuestro objetivo es ser el socio estratégico de nuestros clientes, brindándoles seguridad, respaldo y confianza en cada una de sus operaciones.

¿Qué es una Carta Fianza?

Es un documento valor solidario, irrevocable, incondicional, indivisible, de realización inmediata y sin beneficio de excusión del Afianzado ante un tercero hasta por el “Monto” indicado al “Garantizado”, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de sus obligaciones generadas en el ejercicio de sus funciones.

¿Qué es el Seguro de Caución?

Es un contrato mediante el cual una aseguradora, a cambio de un precio (prima), garantiza el cumplimiento por parte del Tomador o “Afianzado” de una obligación contenida en un contrato o disposición legal, y se obliga a pagar al Acreedor o “Asegurado”, hasta por una suma determinada (“Monto Asegurado”), los perjuicios que le haya ocasionado el incumplimiento de la obligación garantizada.

¿Quiénes participan?

Quien contrata la póliza o carta fianza y paga la prima, es la Persona Natural o Jurídica que debe cumplir con las obligaciones garantizadas por la póliza o carta fianza.

A favor de quien se emite la póliza o carta fianza y quien es indemnizado en caso de siniestro.

Quien emite la póliza o carta fianza, InSur.

Ventajas

1. Atención Directa y Especializada

2. Agilidad y Flexibilidad

3. Seguridad y Respaldo

4. Comisiones Competitivas

5. Liberar tu línea bancaria

Coberturas

  • Fiel Cumplimiento de Contrato
  • Adelanto Directo
  • Adelanto de Materiales
  • Carta de Acreditación ante el Fondo Mi Vivienda – Techo Propio
  • Obligaciones de Casino y Máquina Tragamonedas
  • Agencia de Aduana y Carga
  • Admisión e Internamiento Temporal
  • Almacenes Aduaneros
  • Garantías Previa
  • Restitución de Derechos Arancelarios (Draw Back)

Características

Características de la Carta Fianza y Póliza de Caución

En nuestras Fianzas y Pólizas de Caución, quien determina el monto a indemnizar es el asegurado mediante un contrato, sea público o privado, o mediante una disposición normativa o legal. Dicha indemnización se paga ante el requerimiento del asegurado, sin la intermediación de un liquidador.

  • Irrevocable
  • De realización automática
  • Sin Beneficio de Excusión
  • Incondicional
  • Indivisible
  • Solidaria

Preguntas Frecuentes

Es el respaldo que le permite a la Aseguradora resarcirse patrimonialmente en el evento de verse obligada a pagar la indemnización por la ocurrencia de un siniestro. Mediante la contragarantía, el Tomador de la póliza se obliga a reembolsar a la Aseguradora las sumas de dinero que ésta llegue a pagar por concepto de un siniestro.

Pagaré simple o avalado, garantía mobiliaria sobre dinero (depósito en efectivo) y garantías reales (hipoteca y prenda).

Las Pólizas de Caución y las Cartas Fianza que emite InSur tienen las mismas características, es decir, son solidarias irrevocables, incondicionales, indivisibles, de realización automática y con renuncia expresa al beneficio de excusión, por consiguiente, no tienen diferencias. Esto está establecido según Resolución de la SBS.

Las Cartas Fianza que emite InSur y las cartas fianza que emite un Banco son iguales, toda vez que tienen las mismas características (solidarias irrevocables, incondicionales, indivisibles, de realización automática y con renuncia expresa al beneficio de excusión) y en ambos casos, se requiere la autorización previa de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.

Sí, según Resolución SBS 4481-2010 Insur tiene autorización para emitir Cartas Fianza y/o Pólizas de Caución.

Previa a una evaluación del contrato, sea público o privado, InSur emite Cartas Fianza y/o Pólizas de Caución indistintamente.

Contacta a nuestro Equipo

Fabián Farfán N.

Confirmación de emisión de Cartas Fianza y Pólizas de Caución

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